viernes, marzo 29, 2024

Provoste ante decisión del CIDH por deuda histórica: «Este fallo histórico es un claro precedente de justicia educativa en nuestro país»

"Demandamos, por cierto, al Estado de Chile a pagar cuanto antes la sentencia que hoy día la Corte Interamericana recae sobre el Estado de Chile exigiendo el pago a los profesores y profesoras por la Deuda Histórica", recalcó la senadora DC.

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La Corte Interamericana de Derechos Humanos determinó que el Estado de Chile es responsable “por no cumplir con la debida diligencia” para el reconocimiento del pago de la denominada “deuda histórica” de 846 profesores y profesoras afectados con el proceso de municipalización impuesto en 1981 por el Gobierno Militar.

Al respecto, la senadora demócratacristiana Yasna Provoste señaló que «hoy, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha reafirmado lo que hemos dicho por años: El Estado de Chile tiene una deuda con los profesores y profesoras de nuestro país y tiene que pagarla. Es una deuda ética, como lo dijimos durante la campaña en mi condición de ex candidata presidencial, especialmente con aquellos jubilados que durante décadas han visto perjudicadas sus pensiones, sin justicia ni reparación, por el proceso de municipalización del sistema escolar que llevó adelante la dictadura».

Precisó también que «este fallo histórico es un claro precedente de justicia educativa en nuestro país, se hace cargo de una parte oscura de nuestra historia y define el camino en la construcción de una nueva educación para todos y todas«, agregando que «valoramos y destacamos la sentencia histórica de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en favor de los profesores y profesoras de Chile».

Señaló finalmente que «felicitamos la búsqueda incansable de justicia y demandamos, por cierto, al Estado de Chile a pagar cuanto antes la sentencia que hoy día la Corte Interamericana recae sobre el Estado de Chile exigiendo el pago a los profesores y profesoras por la Deuda Histórica«.

Los detalles del fallo

La decisión dada a conocer este martes desde la sede del CIDH en San José de Costa Rica, sostiene que el Estado chileno provocó un perjuicio cuando determinó el traspaso de la administración de la educación pública del país desde el nivel central a las municipalidades, lo que generó que el personal docente fuera traspasado bajo la normativa del Código del Trabajo, es decir, aplicando las normas del sector privado.

“Por medio del artículo 40 del Decreto Ley No. 3.551, se creó una asignación especial no imponible para el personal docente dependiente del Ministerio de Educación Pública, a contar del 1 de enero de 1981. No obstante, los profesores y profesoras que fueron transferidos del Estado central a las Municipalidades no recibieron esta asignación, dando así origen a la denominada ‘deuda histórica’ del Magisterio. Sin embargo, la situación fue desigual, ya que algunas personas docentes continuaron recibiendo esta asignación luego de su traspaso a las Municipalidades, gracias a convenios con las mismas Municipalidades o al reconocimiento de que estas sumas formaban parte de su remuneración”, explica el fallo.

Los educadores comenzaron a presentar los recursos judiciales correspondientes a partir de 1990 y “en el marco de trece procesos entablados contra las Municipalidades de Chañaral, Chanco, Pelluhue, Parral, Vallenar y Cauquenes, se dictaron sentencias en firme que reconocían el pago de la asignación especial a las 846 personas docentes víctimas en este caso”, precisa la entidad interamericana.

“En razón de estas violaciones, la Corte ordenó diversas medidas de reparación al Estado de Chile, entre ellas, que deberá pagar directamente a las víctimas del caso o a sus derechohabientes, las sumas todavía debidas en tres tractos anuales, empezando a contar el primer tracto en el plazo de un año de notificada la Sentencia”, concluye.

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