La iniciativa busca asegurar aspectos como acompañamiento multidisciplinario inmediato en caso de muerte gestacional o perinatal; identificación de los datos del nonato o neonato como nombre, peso, estatura y sexo; además de contar con espacios de contacto apropiado con la hija o hijo fallecido.
De manera unánime la Cámara de Diputados aprobó la Ley Dominga, iniciativa que permitirá establecer un protocolo universal para enfrentar la muerte gestacional y perinatal, con manejo clínico y acompañamiento psico-emocional acorde. El objetivo es que se aplique en todos los centros de salud del país, ya sean públicos o privados, en casos de muertes producidas desde el primer trimestre del embarazo hasta los primeros días del recién nacido.
La iniciativa fue impulsada por Aracelly Brito, quien en 2019 sufrió la pérdida de su segundo hijo, Julián, a las nueve semanas de gestación; y en 2020, enfrentó la muerte de Dominga, a las 36 semanas de gestación.
En este último embarazo todo se había desarrollado con aparente normalidad, hasta que avanzado el último trimestre recibieron el diagnóstico de arteria umbilical única (anomalía del cordón umbilical que tiene mayor incidencia de muerte perinatal). Al experimentar una disminución de los movimientos de Dominga intentó adelantar el parto sin éxito, horas más tarde acudió a urgencias producto de un sangrado, momento en que le comunicaron que su hija ya no tenía latidos.
“Como familia no recibimos ningún tipo de acompañamiento por parte de esa institución de salud, ni siquiera me dejaban tomar en brazos a mi hija. Decidimos que la muerte de Dominga no podía ser en vano y debía existir una normativa para enfrentar esta desgarradora situación. Lograr la aprobación del Parlamento contribuirá a que este duelo deje de ser invisible ante la sociedad, es un logro de cientos de familias que a diario apoyan la causa y será de gran ayuda para que los profesionales de la salud cuenten con herramientas para afrontar el proceso desde la empatía, respeto y reconocimiento de ese niña o niño fallecido”, declaró Aracelly Brito, gestora de la iniciativa.
Ley Dominga había sido aprobada previamente por unanimidad en el Senado, tras su discusión en Comisión Mixta, y con los votos a favor de la cámara baja podrá ser despachada al Presidente de la República, Sebastián Piñera, para su promulgación. Una vez publicada en el Diario Oficial, el Ministerio de Salud junto a una mesa de trabajo multidisciplinaria tendrán un plazo de seis meses para elaborar el protocolo que deberán cumplir todos los centros de salud del país.
Ley Dominga, iniciativa con la que Chile será pionero en esta materia a nivel latinoamericano, abarcará aspectos como:
- Facilitar y explicitar asertivamente la información emitida hacia los padres y/o personas significativas por parte de los profesionales de la salud, para que puedan comprender lo que se les está indicando en relación con el fallecimiento de su hijo o hija.
- Contar con asistencia inmediata y seguimiento multidisciplinario (matrona, psicólogo y psiquiatra).
- Toda pérdida de un hijo o hija, independiente de las semanas de gestación u horas de vida, debe ser reconocida; identificando datos del nonato o neonato como nombre, peso, estatura, sexo y hora de nacimiento.
- Velar para que pacientes que viven este proceso no sean hospitalizadas en las áreas de maternidad de los centros de salud, evitando tener contacto con recién nacidos.
- Autorizar a al menos un acompañante durante procedimientos de legrado, ameu, inducción de parto o cesárea. Si el recinto lo permite, los controles posteriores se realizarán en salas aisladas y/o en horarios donde no haya mujeres embarazadas o madres con sus recién nacidos.
- Brindar espacios de contacto digno y apropiado con la hija o hijo fallecido para iniciar el proceso de duelo. Permitir mirarlos, acunarlos o tomar registros de foto o video. En caso de muertes en el tercer trimestre de gestación, ofrecer la opción de disponer de los restos ovulares.
- Aumentar a siete días el permiso laboral en caso de muerte gestacional y a 10 días ante la muerte neonatal de un hijo.
- Asegurar que las mujeres o personas gestantes con antecedentes de muertes perinatales tengan acceso a acompañamiento de un equipo de duelo perinatal en las siguientes gestaciones.