lunes, noviembre 25, 2024

Armada aplica plan de manejo forestal en Tumbes aprobado por CONAF hace tres años

Si bien no existían planes de manejo registrado oficialmente en el ente gubernamental, ello se debió a las distintas interpretaciones del cuerpo legal vigente, que fueron aclaradas por la Contraloría en 2016 y tras lo cual, la Marina cumplió inmediatamente lo dispuesto con los planes registrados en 2018.

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Pese a la polémica surgida en torno a la validez de la explotación forestal que efectúa la Armada de Chile en predios fiscales que administra en la península de Tumbes, Infogate pudo acceder a documentación de Conaf que confirmó la legalidad de estas acciones de la institución de la Defensa Nacional.

La autorización para la explotación forestal tiene sus antecedentes en el Decreto Supremo N° 130 de 1953, complementado por el Decreto Supremo N° 395 de 1982, y que establece en su artículo 2 el permiso de explotación agrícola de aquella parte de los inmuebles destinados a las FF.AA. para campos de ejercicios o maniobras, que no estén siendo empleados con estos fines, de acuerdo con un Plan de Explotación. Sobre este cuerpo legal, la Armada de Chile procedió a desarrollar sus planes de explotación.

Sería en 2015 cuando surgieron denuncias acerca de la supuesta ilegalidad de las actividades en la península, y que provocaron una discusión por las competencias fiscalizadoras entre CONAF y la Armada, a causa de un vacío legal que no dejaba en claro los límites de las mismas. Ello sería resuelto por un dictamen de la Contraloría General de la República (N°084708N16 con fecha 23 de noviembre de 2016), el cual determinó que se deben someter a la aprobación de CONAF los planes de explotación de los predios quedando sujetos a su fiscalización.

Aclarado el vacío, la Armada dio cumplimiento inmediato a los requerido por la Contraloría y presentó a la CONAF los respectivos planes de manejo para los predios Playa Blanca y Lorena, los cuales fueron registrados por el ente público con fecha 12 de marzo de 2018 y 22 de octubre de 2018, respectivamente.

Dichos planes señalaban acciones de corta, cosecha y reforestación, ante los cuales CONAF observó que debían ingresarse los correspondientes avisos de ejecución de faenas antes de su inicio, como también recordó la prohibición de uso de fuego para la reducción de desechos forestales.

Todo lo anterior, despeja declaraciones y afirmaciones poco claras de parte de la autoridad regional de CONAF respecto a la supuesta inexistencia de planes de manejo forestal por parte de la Armada que estarían afectando el ecosistema local, en especial especies arbóreas nativas.

Sobre esto último, se pudo conocer igualmente que no existe bosque nativo como tal en el área en cuestión, constatándose la presencia de alrededor de 5 árboles de la especie “Queule”, en las 2.000 hectáreas de bosque, las cuales cuentan con medidas de protección para su conservación, según comentaron fuentes allegadas al caso.

Asimismo, sobre la supuesta inexistencia de planes de manejo señaladas por la CONAF, dicha afirmación se enmarcó en una respuesta de la institución por Transparencia a una consulta específica acerca de Predios Fiscales, que consideró sólo a 3 terrenos Fisco – Armada y que, efectivamente, no son explotados y que, por lo tanto, efectivamente no tenían Plan de Manejo.

Los documentos de CONAF

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