domingo, diciembre 22, 2024

Chile reclama a Argentina tras conocer su DPND, texto de Nota 7285 dice: «Se hace presente que el Estrecho de Magallanes, incluidas sus dos riberas, es territorio soberano chileno»

Directiva de Política de Defensa Nacional (DPDN) argentina, se atribuye controles conjuntos sobre zonas magallánicas y antárticas de soberanía chilena.

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El Gobierno de Chile dejó bien asentada su posición territorial marítima a Argentina, luego de que conociera su Directiva de Política de Defensa Nacional (DPDN), en donde se atribuye al país trasandino los controles conjuntos sobre zonas magallánicas y antárticas, y a través de la nota de protesta enviada por la Cancillería chilena a la embajada asentada en Santiago se establecen los errores cometidos por Buenos Aires.

Si bien, la DPDN fue publicada el 19 de julio pasado, solamente el 4 de agosto Chile reaccionó a este documento con la carta protesta 7285 en donde la Cancillería chilena señala que “el Ministerio de Relaciones Exteriores valora y coincide con la mención que incorpora la DPDN respecto del exitoso proceso de construcción de confianzas entre la República de Chile y la República Argentina, que ha permitido avanzar, desde la suscripción del Tratado de Paz y Amistad (TPA) de 1984, en el afianzamiento de las relaciones bilaterales, generando múltiples instancias de diálogo y cooperación como el Mecanismo 2+2 y el Comité Permanente de Seguridad (COMPERSEG), entre otros”.

Sin embargo, los reparos de Chile apuntan al Capítulo I de la Directiva argentina que lleva como título “Apreciación Estratégica del Escenario Regional”, en donde se menciona que “resulta fundamental continuar fortaleciendo la exploración, estudio y control conjunto sobre el Estrecho de Magallanes y el Mar de Hoces (Mar de Drake), espacios estratégicos tanto por su rol como vías navegables naturales entre el Océano Atlántico y el Océano Pacífico como constituir puntos privilegiados de acceso al continente antártico”.

Ante este punto, el Gobierno de Chile señala de forma tajante que:

“Se hace presente que el Estrecho de Magallanes, incluidas sus dos riberas, es territorio soberano chileno en conformidad con los dispuesto en el Tratado de 1881, lo que ha sido reiterado en el Artículo 10° del Tratado de Paz y Amistad de 1984. En consecuencia, Chile rechaza lo planteado por Argentina en la DPDN sobre un supuesto control conjunto por carecer de sustento jurídico y no resultar procedente en virtud de los tratados aplicables”.

En cuanto al Mar de Drake (Mar de Hoces por Argentina), La Moneda expresa que tampoco existe allí un control conjunto y “que en conformidad con el derecho internacional del mar, seguirá ejerciendo todos los derechos soberanos que le corresponden, así como las libertades reconocidas por la Convención de Naciones Unidos sobre el Derecho del Mar”.

Respecto de las referencias a la Antártica, Chile reafirma su reclamación de soberanía sobre el Territorio Chileno Antártico, con todos los espacios marítimos reconocidos por el derecho internacional, en el marco del pleno respeto al Tratado Antártico, en particular, a su artículo IV, reiterando los señalado en la Nota 1475 enviada a la República Argentina con fecha 11 de febrero de 2021”, precisa el texto de protesta.

 Además, sostiene que “respecto de la plataforma continental extendida reclamada por Argentina, Chile reitera sus Notas N° 8367 de 24 de junio de 2009, N° 3218 de 11 de mayo de 2020 y N°294/20 de 30 de junio de 2020, por medio de las cuales declaró inoponible para Chile el trazado limítrofe de la plataforma continental extendida reclamada por Argentina en un sector al sur de Tierra del Fuego, desde el punto RA-3458, pasando por el punto RA-3839 y concluyendo el punto RA-3840, reservándose todos sus derechos tanto en ese sector como respecto de la plataforma continental del Territorio Chileno Antártico”.

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