El Presidente Sebastián Piñera presentó este jueves el proyecto de ley contra amenazas, coacción y hostigamiento.
El Mandatario explicó en su intervención que “los delitos de amenazas, de coacción están creciendo en Chile en forma muy significativa en el último tiempo, y además también son cada día más recurrentes las prácticas de hostigamientos, de acoso que terminan afectando la intimidad, la vida privada, la seguridad, la integridad síquica de las personas”.
De acuerdo a las estadísticas oficiales, el delito de amenazas es el que más denuncias registra en nuestro país. El año pasado, se presentaron 101.112 denuncias que se tradujeron en 20.429 detenciones.
Por lo anterior, dio a conocer el envío del proyecto de ley contra dichas acciones, “porque la violencia también tiene un rostro encubierto, que busca provocar miedo, dolor, a través de la amenaza, del temor, del hostigamiento y que lo que quiere es acallar la voz y las ideas de quienes piensan distintos y someter y doblegar la voluntad de aquellas personas que simplemente quieren vivir sus vidas con libertad”.
Precisó seguidamente que “en los últimos días y semanas, muchas autoridades han sido víctimas de amenazas que afectado a miembros del TC, del Senado, de la Cámara de Diputados, de la Fiscalía, incluso de la Convención Constitucional, y es muy importante constatar que en Chile los tipos penales de amenaza y coacción no han sufrido cambios significativos desde 1874”.
El Mandatario también anunció la renovación de las urgencias al proyecto de ley contra incendios que afecten a iglesias o lugares de culto religioso, así como el proyecto de ley contra atentados a monumentos nacionales.
Detalles generales del proyecto
La iniciativa, que tendrá discusión inmediata, apunta a modernizar los instrumentos para combatir esta forma de violencia, manifestada a través de amenazas, hostigamiento y coacción.
Complementa mociones parlamentarias, reformula el delito y el concepto de amenazas para hacerlas más perseguibles y defender mejor a las personas, creando figuras calificadas de amenazas con penas más severas.
Así, por ejemplo, cuando se amenaza con homicidio, secuestro, incendio, lesiones graves, o anónimamente, serán agravantes que se sumarán a los ya existentes, cuando se trate de amenazas a trabajadores de la salud y educación.
También establece como delito -y no sólo como falta- la coacción y la tipifica como un delito autónomo, separándolo del delito de las amenazas, e incluirá la coacción no solamente violenta sino la que se comete mediante amenazas, sancionando a quienes buscan obligar a otra persona a ejecutar u omitir una acción contra su voluntad.
Además se crea el delito del hostigamiento o del acoso, para proteger la vida privada de las personas, protegiendo su dignidad, extendiendo la protección a miembros de la Convención Constitucional.