lunes, diciembre 23, 2024

Piñera promulgó ley que extiende el postnatal de emergencia

"Desde hace ya bastante tiempo, está disminuyendo la natalidad, se está debilitando la familia. Yo estoy convencido que esta ley que estamos promulgando es, sin duda, un apoyo y una ayuda a la maternidad", señaló el Mandatario.

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El Presidente Sebastián Piñera promulgó este viernes la ley que extiende por tres meses el postnatal de emergencia, en el marco de la pandemia de Covid-19.

“Todos sabemos que Chile, y desde hace ya bastante tiempo, está disminuyendo la natalidad, se está debilitando la familia. Yo estoy convencido que esta ley que estamos promulgando es, sin duda, un apoyo y una ayuda a la maternidad, porque ayuda a cuidar los hijos; y también un apoyo y una ayuda a la familia, porque compatibiliza mejor el mundo del trabajo con el mundo de la familia”, señaló el Mandatario.

Destacó además que «esta ley, también, contó con un amplio y sólido apoyo de los parlamentarios y las parlamentarias, y especialmente algunas que están aquí presentes que han hecho de esto una causa de ayuda que yo estimo que es noble y que es necesaria».

Detalles de la ley

De acuerdo a la ley, las y los trabajadores podrán percibir, hasta por los primeros tres meses, una prestación mensual por el 100% del subsidio por incapacidad laboral cuando hayan percibido una suma líquida mensual igual o inferior a un millón de pesos; y de un 70% o un millón de pesos, cuando hayan obtenido una suma superior a la cifra citada.

En el evento que los recursos del Fondo de Cesantía Solidario sean insuficientes para financiar la totalidad de la prestación, los trabajadores tendrán derecho a un complemento de cargo fiscal que permita completar una prestación mensual equivalente al 100% o 70% del subsidio mensual derivado de la licencia médica preventiva parental.

La sociedad administradora de Fondos de Cesantía será la entidad encargada de recibir, procesar y pagar la totalidad de dichas solicitudes.

Los trabajadores independientes que se encuentren en la misma circunstancia, tendrán derecho a percibir un bono de cargo fiscal , también por hasta tres meses y en las mismas condiciones que los anteriores. Este beneficio deberá ser solicitado ante el Instituto de Previsión Social y no será imponible ni tributable.

Asimismo, se permite que los funcionarios del sector público y Fuerzas Armadas accedan a un permiso sin goce de remuneración, por un periodo máximo de hasta tres meses, durante el cual percibirán un bono mensual en montos y alcances similares a los dos casos anteriores.}

Cabe destacar que, según información de la Superintendencia de Seguridad Social al 30 de abril de 2021, quienes habían hecho uso de la licencia médica preventiva parental se dividen de la siguiente forma:

  1. Trabajadores y trabajadoras dependientes: 61.000
  2. Funcionarias y funcionarios públicos: 15.800
  3. Trabajadores y trabajadoras independientes: 2.400
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