Tras más de un año de proceso judicial, el cabo infante de marina Leonardo Medina Caamaño, imputado por la muerte del joven Manuel Rebolledo Navarrete durante el llamado «estallido social» en Talcahuano, vive una verdadera ofensiva judicial en su contra este mes, ello luego que el Juzgado de Garantía de esta ciudad primero rechazara la solicitud de sobreseimiento el pasado 4 de junio para luego, días después, la Fiscalía anunciara que solicitó audiencia para reformalizar cargos en su contra, de cuasidelito de homicidio a homicidio simple.
Esto último era algo que tanto la familia del fallecido como sus redes de apoyo venían exigiendo desde el año pasado, y que se había visto retrasado por los peritajes policiales, en base a cuyos resultados la defensa había solicitado sobreseer el caso en contra del uniformado.
De prosperar la reformulación, el marino arriesga hasta 15 años de presidio.
Los hechos
Los hechos ocurrieron el lunes 21 de octubre de 2019, en la intersección de avenida Gran Bretaña de la Población Libertad de Talcahuano, cuando Rebolledo, de 22 años, fuera atropellado por el camión militar conducido por el cabo Medina. El hecho se registró posterior al inicio del toque de queda.
De acuerdo a lo señalado desde la Armada, el trágico hecho ocurrió en medio de un saqueo al recinto de la pesquera Pacific Blu, ubicada en el sector. Al momento en que personal las Fuerzas Armadas arribó al sitio del suceso, un grupo de personas huyó de dicho punto, y en medio de la confusión, Rebolledo Navarrete, quien corría bajo los efectos de psicotrópicos, cayó al suelo, siendo atropellado por el camión de la infantería de Marina que pese a haber tratado de frenar, no habría alcanzado a hacerlo.
Sin embargo, de acuerdo a opinión de la Fiscalía, el funcionario de la Armada, quien cumplía servicios en el marco del Estado de Emergencia, condujo de manera imprudente el vehículo que se encontraba bajo su responsabilidad y de esta manera procedió a atropellar a la víctima.
«Lo que la Fiscalía tiene a la vista es que el imputado claramente conduce por un sector que no está habilitado. Él abandona la calzada, accede a un sector eriazo que no constituye vía de tránsito para ningún tipo de vehículos y en ese contexto no conduce con el debido cuidado y ocasiona el atropello del peatón», explicó en octubre de 2019 el fiscal jefe de la Fiscalía Local de Talcahuano, Julián Muñoz.
Lo que no señala el fiscal es que el vehículo debió abandonar la calzada debido a una barricada que bloqueaba la vía, por lo que tuvo que desviarse a un sector no habilitado, donde se le cruzaron tres personas que huían del lugar del saqueo, una por la izquierda del vehículo, otro por el costado derecho y el individuo que resultó atropellado.
Proceso judicial
Pese a la evaluación anterior desde el Ministerio Público, el abogado Marcelo Villena, en representación de la familia, ingresó en febrero de 2020 una querella criminal por homicidio contra el cabo Medina, postura que la familia del fallecido ha sostenido desde el principio, sin referirse a su eventual implicación en el saqueo previo al fatal desenlace.
Pero tras más de un año de diversas diligencias y en especial los últimos peritajes y reconstituciones en terreno, el 28 de mayo último la defensa encabezada por el abogado Pelayo Vial Campos presentó en favor de este último una solicitud de sobreseimiento, argumentando que los mencionados peritajes efectuados por la SIAT de Carabineros y que se habían dado a conocer los días previos, descartarían la responsabilidad de quien conducía el vehículo que atropelló a Rebolledo, considerando, en su opinión, que se trataría de un accidente.
Sin embargo, la jueza Mariangela Thiele, haciéndose eco de los antecedentes entregados tanto por el Ministerio Público como por los querellantes, incluido el Instituto Nacional de Derechos Humanos, concluyó que no está determinada la nula responsabilidad de Medina Caamaño, razón por la cual el marino no podía ser sobreseído hasta que se completara la investigación.
Reformulación
Casi a continuación, y tras las exigencias levantadas por familiares y redes de apoyo, incluyendo acusaciones en contra de lo que consideraban finalmente el fiscal Julián Muñoz decidió presentar la reformalización a Medina por el delito de homicidio simple en vez del de cuasidelito de homicidio.
Esto permitiría poder realizar un juicio ante el Tribunales de Juicio Oral en lo Penal de Concepción, descartando un eventual cumplimiento de pena mediante medidas que ya se han establecido para otros casos como lo es la firma mensual.
En este sentido, lo que antes podría considerar penas de hasta 3 años, con la reformalización en términos de homicidio simple la condena podría ir entre los 10 años y un día hasta los 15 años contra el imputado.
El abogado querellante, Marcelo Villena, a nombre de la familia de Rebolledo, indicó que «esta decisión jurídica confirma nuestra teoría del casi en torno a que aquí hubo intencionalidad de matar a la víctima, comenzando con una violenta persecución de 45 km/horas que culminó en el lamentable fallecimiento de un padre de 23 años».
Así, el Juzgado de Garantía de Talcahuano desarrollará esta semana la audiencia para la reformalización, lo cual podría ocurrir hasta el 2 de julio, fecha en la que se daría el cierre de la investigación.