Nibaldo Meza Garfia, edil de la comuna, pide la detención de la construcción debido al severo impacto que ha provocado en la recientemente decretada Reserva Natural Municipal.
El Proyecto Fotovoltaico “Los Corrales de Verano” contempla la construcción de una línea eléctrica de 6,8 km de lago, con dos puntos de conexión dentro de la comuna de Peñaflor, aun cuando no cuentan con los permisos necesarios. Es por este motivo que el alcalde de la comuna, Nibaldo Meza Garfia, hace pública su oposición al proyecto, principalmente debido al perjuicio que ya ha provocado en el medio ambiente, flora y fauna de la Reserva Natural El Trapiche.
Aún con la oposición del municipio de Peñaflor, esta iniciativa ejecutada por la empresa Peteroa Energy SPA, filial de Verano Capital SPA, incluye la construcción de una planta fotovoltaica en la comuna de Padre Hurtado, además de la construcción de una línea de transmisión eléctrica de media tensión (12 kilovatios) y una extensión de 6,8 km de largo, con dos puntos de conexión en Peñaflor, específicamente en Camino El Guanaco y en calle Jaromir Pridal.
Antes de su aprobación en julio de 2019, el municipio de Peñaflor precisó que el proyecto genera impactos en la flora y fauna cercana al Río Mapocho, que el trazado no es compatible con el uso de suelo definido en el Plan Regulador Metropolitano de Santiago, que afecta el valor paisajístico del entorno del parque El Trapiche y que el registro de línea base no es coherente con los estudios desarrollados, que registran la presencia de anfibios, peces y moluscos no catastrados por el titular.
Con estos antecedentes, y aunque el proyecto destaca en su fondo por su carácter ecológico, la municipalidad solicitó la realización de un Estudio de Impacto Ambiental, debido a que además de dañar la flora y fauna, el diseño del trazado se encuentra en la zona de Ruta Turística del Humedal, la que considera tres senderos dentro del Parque El Trapiche.
No obstante que el municipio impidió que la instalación de los postes (torres de 23,5 metros de altura) pasara por el parque y la orilla del Río Mapocho, como era el proyecto inicial, la empresa que ejecuta estos trabajos cambió el trazado, estableciendo el cruce del rio y dos puntos de conexión en la recientemente decretada Reserva Natural Municipal.
Ante esto, la Dirección de Obras Municipales ha efectuado una fiscalización, verificando que se han ejecutado obras en la zona de la Reserva Natural Municipal por parte de la Empresa Peteroa Energy SPA, sin contar con los permisos respectivos, ni los protocolos establecidos en relación a la pandemia COVID -19. Además, no se han informado de las medidas adoptadas, según Decreto N° 594 del Ministerio de Salud, del afloramiento de aguas subterráneas en las zonas excavación, generando daños al humedal de la Reserva Natural Municipal, e incumpliendo la Resolución de Calificación Ambiental respectiva, ocasionando daños a la napa freática, razón por la cual, se ha ordenado la paralización de las obras, cuyos antecedentes han sido puestos a disposición del Juzgado de Policía Local y la Superintendencia del Medio Ambiente.
Del mismo modo que se comunicará a la empresa ejecutora del proyecto, Peteroa Energy SAP, y a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, la decisión del municipio de no otorgar permisos de líneas transporte y distribución no sujetas a concesión, para usar y/o cruzar bienes nacionales de uso público. Lo anterior, de conformidad a los Artículos 35° y siguientes de la Ley General de Servicios Eléctricos, debido a que dicha compañía ha dañado un humedal de la Reserva Natural Municipal e incumplido la Resolución de Calificación Ambiental respectiva, ocasionando daños a la napa freática, de acuerdo a lo constatado por la Dirección de Obras Municipales.
Ante esta situación, la municipalidad de Peñaflor procederá a denunciar ante la Brigada de Delitos Ambientales de la PDI, los daños causados al medio ambiente en contra de quienes resulten responsables. Asimismo, se redactará un recurso de protección ante el Tribunal Medioambiental de Santiago, por acto empresarial que afecta gravemente el medio ambiente, en atención a que la garantía constitucional crea un deber para el Estado de tutelar la preservación de la naturaleza.