La Corte Suprema confirmó por fallo unánime la sentencia que rechazó el recurso de amparo presentado por el exdiputado comunista Hugo Humberto Gutiérrez en contra del Juzgado de Garantía de Iquique, que dictó una orden de detención en su contra por no comparecer a audiencia de procedimiento abreviado.
Fue así que la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Leopoldo Llanos y los abogados (i) Diego Munita y Carolina Coppo– descartó actuar arbitrario del tribunal de primera instancia al decretar la orden de detención del recurrente.
Con esta decisión del máximo tribunal de justicia del país, la orden de detención contra el hoy candidato a constituyente queda vigente.
El fallo señala que “de la sola lectura de la norma en comento, se desprende que para determinar su procedencia es menester efectuar una valoración a la luz de los antecedentes que deben ser aportados al tribunal por los intervinientes”.
Asimismo, precisa que “según se desprende del mérito de los antecedentes la defensa del amparado no ha expuesto cuáles fueron las circunstancias fácticas que le han impedido comparecer ante el llamamiento del tribunal recurrido, viéndose con ello imposibilitada esta Corte de efectuar un juicio de ponderación acerca de la proporcionalidad de la aplicación del citado artículo 127, inciso primero, del Código Procesal Penal al caso en análisis, motivo por el cual no resulta factible acceder a la pretensión del recurrente”.
Por lo anterior, se resolvió que: “(…) de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Carta Fundamental, se confirma la sentencia apelada de treinta de abril dos mil veintiuno, dictada por la Corte de Apelaciones de Iquique, en el Ingreso Corte N° 237-2021”.
El fallo de la Suprema se produce luego que el mismo recurso de amparo ya había sido rechazado la semana pasada por la Corte de Apelaciones de Iquique.
Cabe recordar que el caso judicial en contra del ahora candidato constituyente por el PC, se negara a un control de fiscalización por efectivos de la Armada en Iquique en agosto del año pasado, como parte de las medidas de restricción de libre tránsito por la pandemia.
El Ministerio Público presentó un escrito para formalizarlo, sin embargo este no se presentó a la audiencia ante la imposibilidad por parte de medios policiales y judiciales de entregar personalmente la citación, mientras Gutiérrez hacía en más de una ocasión burla de estos fallidos intentos por notificarlo, a través de sus redes sociales y la prensa.
Lea el contundente fallo de la Corte Suprema: