jueves, abril 18, 2024

Gobierno paró en seco promoción peruana de «turismo de vacunas»

Canciller Allamand explicó que no van a tener derecho a vacunarse en Chile los extranjeros que estén en el país con una visa de turista, que esté de paso o en situación irregular, a menos que hayan iniciando los trámites de solicitud de una visa temporal o definitiva“.

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El Gobierno no se hizo esperar para atajar las afirmaciones de un reportaje de la televisión peruana en la que se señalaba la existencia de un supuesto plan de inmunización para turistas extranjeros promovido por nuestro país y que buscaba reactivar el turismo nacional.

Según se indicó en el mencionado reporte en lo esencial, el supuesto paquete turístico “incluye, hospedaje y vacuna, cuesta 500 dólares. Antes de colocarse la primera dosis de la vacuna debe acatar 7 días de cuarentena. Luego retornaría al Perú y volvería a Chile tres semanas después para aplicarse la segunda dosis. El costo total del viaje, entonces, asciende a los 1.000 dólares”.

Tanto los ministerios de Salud como de Relaciones Exteriores tomaron cartas de inmediato y salieron al paso de esta desinformación surgida en el vecino país.

El primero en salir a la palestra fue el canciller Andrés Allamand, quien al mediodía desde La Moneda clarificó cuáles son los extranjeros que podrán vacunarse en Chile.

Así, leyó parte de una resolución emitida por el Ministerio de Salud esta misma jornada, señalando que quienes pueden vacunarse “deben entenderse por la población que vive en Chile, y se dice que es aquella que tiene la nacionalidad chilena, permanencia definitiva, visa de residente, visa de estudiantes o visa sujeta a contrato o  quienes cuenten con una solicitud de visa temporal o definitiva ingresada a trámite, excluyendo aquellos que están transitoriamente en el país exclusivamente con una visa de turista”.

Seguidamente explicó que “en consecuencia, la interpretación de esta resolución es muy clara: no van a tener derecho a vacunarse en Chile los extranjeros que estén en el país con una visa de turista. Tampoco van a tener derecho a vacunarse en Chile los extranjeros que estén como turistas, pero que vengan desde un país a los que no se les exige visa. Y en tercer lugar, tampoco van a vacunarse los extranjeros quienes se encuentren en el país en una situación irregular, a menos que hayan iniciando los trámites de solicitud de una visa temporal o definitiva“.

Además, el ministro dijo que se tomará en contacto con la cancillería de otros países para clarificar cuál es la situación de Chile, en cuanto al proceso de vacunación.

El titular de Relaciones Exteriores se refirió también a un eventual error previo a la resolución del Minsal en cuanto a no haber clarificado la situación de los extranjeros y el proceso de vacunación, dejando abierta la situación a interpretaciones. Al respecto, puntualizó que «a mí no me corresponde calificar si hay un error o no hay un error en las resoluciones que dicta el Ministerio de Salud; lo que sí hago notar es que hay una clarificación muy oportuna por parte de la autoridad por una materia que estaba generando interpretaciones, en virtud de la manera en que se redactaron los documentos originales, el tema de fondo es clarificar cual es la situación de la vacunación en Chile».

Minsal aclara lineamientos

En paralelo a la vocería del canciller, el Ministerio de Salud, por medio de un comunicado en su sitio web, «complementó los lineamientos técnicos operativos de la vacunación SARS-COV2 introduciendo actualizaciones respecto de los grupos objetivos a vacunar y al personal sanitario habilitado para aplicar la vacuna«.

Lo anterior a través de la resolución exenta Nº1138.

De esta forma, explicó que dichos lineamientos técnicos fueron publicados el 24 de diciembre del año pasado por el Ministerio de Salud «y en ellos se abordan los ámbitos de campaña de vacunación, seguridad de las vacunas y cadena de frío entro temas».

Dicho lo anterior, la actualización dada a conocer este miércoles «precisa la definición de población objetivo, en particular, lo concerniente al lugar de residencia. Así, se dispone que se debe vacunar a la población objetivo que vive en Chile siendo ésta ‘aquella que tiene la nacionalidad chilena, permanencia definitiva, visa de residente, visa de estudiante o visa sujeta a contrato, o quienes cuenten con una solicitud de visa temporal o definitiva ingresada a trámite‘”.

Asimismo, el Minsal afirma que no son parte de la población a vacunar quienes “están transitoriamente en el país exclusivamente con visa de turista”.

Ministerio de Salud Actualiza Lineamientos Técnicos de Vacunación Contra El COVID by Mario Estay on Scribd

Res. Exenta n 136 by Mario Estay on Scribd

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