jueves, abril 18, 2024

Con el voto dirimente de María Luisa Brahms, TC declaró inconstitucional proyecto de retiro del 10% promovido desde la Cámara de Diputados

Gobierno, junto con mostrar su satisfacción por el fallo, señaló que "la decisión del Tribunal Constitucional ratifica que el proyecto impugnado no se ajustaba a nuestro ordenamiento constitucional, puesto que utilizaba disposiciones transitorias para establecer un régimen paralelo a la Constitución".

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El pleno del Tribunal Constitucional declaró este lunes inconstitucional el proyecto para el segundo retiro del 10% de los fondos AFP promovido por la oposición desde la Cámara de Diputados, iniciativa original en este ámbito que pasó a comisión mixta tras ser rechazada en el Senado y por la que el Presidente Sebastián Piñera presentó un requerimiento.

Tras un empate en cinco votos, fue nuevamente la presidenta de la instancia, María Luisa Brahm, quien zanjó con su sufragio el acoger el requerimiento del Mandatario.

De esta manera, el TC declaró inconstitucional que parlamentarios propongan un retiro de fondos de pensiones.

El tribunal detalló que»los Ministros señores Gonzalo García Pino, Nelson Pozo Silva, señora María Pía Silva Gallinato y el señor Ministro señor Rodrigo Pica Flores estuvieron por rechazar el requerimiento conforme lo argumentarán en la sentencia de fondo en las cuáles explicitarán que el proyecto de ley de reforma constitucional al día de hoy carece de objeto; que no se afecta el artículo 127 de la Constitución puesto que se ha ceñido a sus formas; que no existe iniciativa exclusiva del Presidente de la República en materia de ley de reforma constitucional, y que la seguridad social de los retiros de fondos se encuentra en la misma circunstancia que la recién aprobada Ley N° 21.295 que autorizó un segundo retiro».

Gobierno satisfecho

Al respecto, el Gobierno, por medio de un comunicado, señaló que valoraba «la decisión del Tribunal Constitucional, que sienta un importante precedente y significa un sólido resguardo de la vigencia de nuestra institucionalidad y Estado de Derecho«.

Añadió que «la decisión del Tribunal Constitucional ratifica que el proyecto impugnado no se ajustaba a nuestro ordenamiento constitucional, puesto que utilizaba disposiciones transitorias para establecer un régimen paralelo a la Constitución, sin modificar su texto permanente».

Indicó también que «el proyecto de ley declarado inconstitucional creaba una nueva regla que atentaba directamente contra el derecho a la seguridad social y contra la iniciativa exclusiva del Presidente de la República, al establecer normas de seguridad social, incorporar gastos adicionales al Estado y generar una exención tributaria».

Junto a lo anterior, la declaración señala que «el Gobierno de Chile confirma que la decisión del Tribunal Constitucional no afecta el segundo retiro de fondos previsionales, en virtud de la Ley enviada por el Gobierno y aprobada por el Congreso, la que ya ha permitido que más de cuatro millones y medio de personas hayan recibido el dinero solicitado».

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