jueves, diciembre 26, 2024

Segundo retiro del 10% en suspenso: Comisión no logra acuerdo para votar y se reagenda nueva sesión

La Comisión de Constitución acordó, eso sí, que el retiro, en caso de ser aprobado, sea en una cuota a diferencia del primero en que ocurrió en dos pagos a las distintas cuentas corrientes y cuentas RUT.

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El avance del segundo retiro del 10% de los fondos de pensiones de las AFP tendrá que seguir esperando, luego que la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados no logró despachar a sala la iniciativa que impulsa la diputada Pamela Jiles, al no haber mayoría para extender la discusión de las indicaciones que se le hicieron por la negativa del UDI, Antonio Coloma, quien argumentó otras actividades parlamentarias. De esta forma, la instancia legislativa tendría que ser citada para otro día, que podría ser mañana jueves en un horario a definir por el presidente Matías Walker.

Sin embargo, en esta jornada y por siete votos a favor y seis en contra, la Comisión aprobó el primer articulado del proyecto que establece y regula un nuevo mecanismo excepcional de retiro de fondos previsionales y que, a juicio de Walker, contiene el “corazón del segundo retiro del 10%”.

El texto aprobado, correspondiente a una indicación sustitutiva presentada por el diputado Walker junto a la diputada Pamela Jiles (PH),  señala que para mitigar los efectos sociales derivados del Estado de Excepción Constitucional decretado a causa del COVID-19, se autoriza a las y los afiliados del sistema privado de pensiones, de forma voluntaria y excepcional, a realizar un segundo retiro de hasta el 10% de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias.

La norma establece como monto máximo de retiro el equivalente a 150 UF y un mínimo de 35 UF, y si los fondos acumulados son menores a esta cifra, se podrá retirar la totalidad de los fondos acumulados en dicha cuenta.

La entrega de los recursos se efectuaría en una sola cuota y en el plazo máximo de 30 días hábiles de presentada la solicitud ante la respectiva Administradora de Fondos de Pensiones (AFP). Además, se establece que estará sujeta a la retención, suspensión y embargabilidad por deudas originadas por obligaciones alimentarias de conformidad a lo previsto en la ley Nº 21.254.

El presidente de la instancia anunció que, probablemente, se citará para este jueves 05 de noviembre, a una nueva sesión de la comisión, con el objeto de continuar, hasta el total despacho, con la votación del texto.

Gobierno anuncia reserva de constitucionalidad

En la sesión, y previo al inicio de la votación del proyecto, el ministro de la Secretaría General de la Presidencia, Cristián Monckeberg, anunció que el gobierno realizó reserva de constitucionalidad de la iniciativa, por tratar materias de iniciativa exclusiva del Presidente de la República.

Uno de los puntos establecidos señala que apunta a que la iniciativa pasa a llevar la prerrogativa del Presidente quien es el que tiene la iniciativa exclusiva de fijar, modificar, conceder y aumentar las pensiones además de los beneficios económicos, establecer exenciones tributarias y establecer o modificar normas de seguridad social.

También indica a que el proyecto invade y afecta la regla constitucional sobre el gasto público, ya que la medida de la Constitución “prohíbe al Congreso aprobar ningún gasto sin indicar al mismo tiempo la fuente de recursos necesarios para atender dicho gasto”.

En ese sentido y atendiendo a la petición del Gobierno, la disposición señala que “solicito a la secretaría que quede debidamente registrada esta reserva de constitucionalidad en el acta de la sesión y en la Historia de la Ley, como asimismo se entiendan cumplidos los requisitos constitucionales y legales ante el Tribunal Constitucional para tener por planteada cuestión de constitucionalidad”.

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