miércoles, abril 24, 2024

Corte revoca prisión preventiva a carabinero imputado de disparar lacrimógena contra Fabiola Campillai

El tribunal de alzada sanmiguelino decidió cambiarla por arresto domiciliario total al exfuncionario policial que está imputado por el delito de lesiones graves gravísimas.

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La Corte de Apelaciones de San Miguel decidió revocar la medida cautelar de prisión preventiva al de arresto domiciliario total al excarabinero que está imputado como responsable de disparar la bomba lacrimógena en contra de Fabiola Campillai, quien quedó ciega cuando esperaba locomoción para ir a su trabajo en u hecho ocurrido en noviembre de 2019.

De esta forma, el tribunal de alzada ordenó al excapitán de la policía uniformada, Patricio Maturana, que quedara con arresto domiciliario total y arraigo nacional.

Recordar que el pasado 28 de agosto, el tribunal de Garantía de San Bernardo ordenó la prisión preventiva en su contra como único imputado de las lesiones graves y gravísimas en contra de la mujer.

Maturana, quien fue dado de baja de la institución por no prestar ayuda a Campillai, aparece como el responsable de disparar “con el propósito de proferir dolor” en contra de la mujer, de acuerdo a lo que expuso la fiscal de alta complejidad Occidente, Paola Zárate.

El exoficial estaba recluido en el Anexo Penitenciario Pudahuel Norte por ser considerado un “peligro para la seguridad de la sociedad”, según lo estableció en esa oportunidad el juez, Claudio Ortega.

Por su parte, el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) lamentó la determinación del tribunal de alzada sanmiguelino, anunciando que continuara con sus esfuerzos para que “exista verdad y justicia”.

La relatora de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Constanza Cociña, explicó que “otras medidas cautelares, distintas de la prisión preventiva, son suficientes para asegurar los fines de la investigación y de la sentencia que en su oportunidad se dicte, como también la seguridad de la sociedad”.

Añadió que «de conformidad con lo dispuesto en los artículos 352 y 370 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución (…) que impuso la prisión preventiva a Patricio Javier Maturana Ojeda«.

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