lunes, noviembre 18, 2024

Gobierno promulga ley de aumento de sanciones por infracción a normas sanitarias y se adelanta a requerimiento ante el TC de diputado PS

Nueva ley aumenta penas de presidio y multas, considera agravante el convocar a espectáculos, celebraciones o festividades, y sanciona a empleadores que obligan al trabajador a infringir medidas sanitarias concurriendo presencialmente al trabajo.

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En lo que se transformó en una inesperada carrera contra el tiempo -con final feliz para el Gobierno-, el Presidente Sebastián Piñera promulgó este jueves la ley que aumenta las sanciones para quienes infrinjan las medidas sanitarias en medio de la pandemia, medida que fue despachada ayer por el Congreso.

Así, el Ejecutivo logró desactivar el intento del diputado PS Marcos Ilabaca de llevar esta iniciativa al Tribunal Constitucional, con el argumento de que es el derecho penal la herramienta efectiva para poder enfrentar los incumplimientos de la pandemia.

El parlamentario había logrado reunir 43 firmas (necesitaba 39) e ingresado hoy dicho requerimiento ante el TC, pero La Moneda se adelantó ayer, al enviar a la Contraloría poco antes de las 18:45 horas el oficio promulgatorio, acción por la cual la acción del diputado quedó fuera de plazo, lo que descubrió recién este jueves.

De todas formas, por aspectos protocolares, el Tribunal recibió el escrito y se pronunciará con seguridad mañana formalmente.

Piñera destaca promulgación

Durante la actividad desarrollada desde las 14.30 horas en el Patio de los Cañones en La Moneda, el Presidente Sebastián Piñera destacó la promulgación de la ley que aumenta las penas al incumplimiento de las medidas de aislamiento o preventivas, dispuestas por la autoridad sanitaria en los casos de epidemias o pandemias.

Acompañado entre otras autoridades, por los ministros del Interior, Gonzalo Blumel, y Defensa, Alberto Espina, el Mandatario resaltó que pese a los esfuerzos de las autoridades, «ninguno de estos esfuerzos rendirá plenamente sus frutos si no contamos con una comprometida y eficaz colaboración de todos los ciudadanos«, aludiendo al cumplimiento de las medidas de precaución sanitaria como distancia social y cuarentenas.

Recordó también la serie de medidas que ha adoptado la autoridad, como la restricción en el número de permisos de desplazamiento otorgados; aumento del control y la fiscalización por parte de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad; y extensión por 90 días del Estado de Excepción, haciendo a continuación hincapié en que «ayer promulgamos una Ley que endurece las penas y multas contra quienes infringen las normas sanitarias y las cuarentenas».

Ante ello, señaló que «el fiel cumplimiento de las medidas sanitarias y las cuarentenas es fundamental para reducir el ritmo de los contagios por coronavirus. Mientras mayor sea el nivel de cumplimiento de las cuarentenas, menor será la duración necesaria de las mismas y menor el grado de restricción de la libertad y alteración de la vida de las personas«.

Las quejas de Ilabaca

Esta misma jornada, el diputado Ilabaca acudió al Tribunal Constitucional con las mencionadas 43 firmas para presentar la reserva de constitucionalidad en el proyecto, pero se encontró con que la ley ya había sido promulgada por el Presidente.

El parlamentario señaló molesto que, «sorprende que en menos de 24 horas el Gobierno le ponga la celeridad a este proyecto de ley, que busca sancionar a la población con una ley mal hecha, que tiene graves problemas de técnica legislativa y no vemos la misma celeridad con proyectos que buscan beneficiar a la ciudadanía, como el que suspende el corte a los servicios básicos».

Y buscando encontrar una explicación ante el apuro del Ejecutivo, detalló que ayer miércoles «terminamos de legislar y votar este proyecto a las 15:00 horas y a las 16:00 estaba despachado, que curioso. En proyectos de esta magnitud creo que el Ejecutivo debería ser más prolijo al igual como supuestamente dice que está siendo con otros proyectos”.

Cabe recordar que el intento del parlamentario socialista contó con las firmas (digitales) de las diputadas Gael Yeomans (CS), Pamela Jiles (PH), Emilia Nuyado (PS), Jenny Alvarez (PS), Camila Vallejo (PC), Maite Orsini (RD), Carmen Hertx (PC), Natalia Castillo (RD), Andrea Parra (PPD), Maya Fernández (PS), Daniella Circardini (PS), Claudia Mix (Comunes), Marisela Santibáñez (PC), Cristina Girardi (PPD), y Catalina Pérez, también presidenta de RD.

Por el lado de los varones, sumó el respaldo de los diputados Raúl Saldívar (PS), Florcita Alarcón (PH), Amaro Labra (PC), Marcelo Schilling (PS), Boris Barrera (PC), Daniel Núñez (PC), Pablo Vidal (RD), Jaime Toha (PS), Juan Luis Castro (PS), Juan Santana (PS), Gabriel Boric (CS), Gonzalo Winter (CS), Hugo Gutiérrez (PC), Tomás Hirsch (PH), Diego Ibáñez (CS), Manuel Monsalve (PS), Leonardo Soto (PS), Felix González (PEV), Raúl Soto (ind/PPD), Guillermo Teillier (PC), Gastón Saavedra (PS), Miguel Crispi (RD), Giorgio Jackson (RD), Raúl Leiva (PS), Jaime Naranjo (PS), Jorge Brito (RD) y Luis Rocafull (PS).

Alcances de la mueva ley

La nueva norma parte desde la base que el Código Penal sanciona a quienes pongan en peligro la salud pública por infringir las reglas higiénicas o de salubridad publicadas por la autoridad en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio.

Pero, con esta modificación legal, las sanciones que iban de 61 a 540 días o una multa de $300 mil a $1 millón, aumentan a un rango de 61 días a 3 años, o a una multa de $300 mil a $10 millones.

La ley considera un agravante convocar a espectáculos, celebraciones o festividades, y se considera delito calificado para quien ponga en riesgo la salud pública, con penas de 541 días a 5 años y multas de $ 1,2 millones a $12,5 millones.

Asimismo, la iniciativa también sanciona al empleador que ordena al trabajador a infringir las medidas sanitarias concurriendo presencialmente al trabajo y permite establecer la responsabilidad penal de la persona jurídica.

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