En un fallo dividido, la Segunda Sala de la Corte Suprema acogió un recurso de amparo presentado y concedió la libertad condicional al ex frentista Carlos Segundo Espínola Robles.
Espínola se encontraba cumpliendo las penas de presidio perpetuo simple por el delito de maltrato de obra a Carabineros causando muerte; 5 años y un día por robo con violencia e intimidación; 5 años y un día (más 80 días por sustitución de multa) por tráfico de estupefacientes; 61 días por porte ilegal de arma de fuego, y diez 10 años y un día por robo con intimidación.
Pero en fallo dividido (causa rol 63.349-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Carlos Künsemüller, Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm y Leopoldo Llanos–, por 3 votos a 2, revocó la resolución apelada, tras establecer que el amparado cumple con los requisitos legales para la concesión de libertad condicional. Los votos en contra correspondieron a Künsemüller y Valderrama.
En el fallo se señala que el informe psicosocial de Gendarmería de Chile «no refiere antecedentes categóricos que permitan orientar sobre factores de riesgo de reincidencia del amparado, que impidan reconocer su posibilidad de reinsertarse a la sociedad al momento de postular a libertad condicional«.
Al momento de ser detenido, a fines de los años ’90, Carlos Espínola Robles se había descolgado del FPMR y era uno de los delincuentes más buscados en el país, acusado de 50 asaltos y de, a lo menos, tres homicidios. Junto a su banda, protagonizó los atracos más espectaculares entre 1994 y 1998, delitos que en su mayoría afectaron a camiones de valores.
El crimen más grave que cometió fue el asesinato del carabinero Juan Mauricio Vásquez Reyes, el 22 de abril de 1996 en la comuna de Ñuñoa. Tras una persecución, Espínola Robles le disparó en el rostro al funcionario policial que se movilizaba en motocicleta. Por este crimen, Espínola fue condenado a cadena perpetua simple.
En 2003, Espínola protagonizó otro polémico hecho cuando en el mes de septiembre fue detenida en el ingreso a la ex Penitenciaría una mujer que llevaba en un guante plástico al interior de su cuerpo 200 gramos de amongelatina que debía entregar al ex frentista, el cual utilizaría el explosivo para huir de prisión, fuga planificada para Fiestas Patrias de ese año.
Lea a continuación el fallo dividido de la Corte Suprema:
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