jueves, marzo 28, 2024

Alta Dirección Pública rebaja en un 25% las dietas parlamentarias y 10% al Presidente

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El Consejo de Alta Dirección Pública decidió fijar este martes la rebaja transitoria de dietas parlamentarias y ministros en un 25%, mientras que la del Presidente de la República se hará en un 10%.

Por unanimidad de sus miembros, también se rebajará en 10% los sueldos de los Subsecretarios, Intendentes, Gobernadores, Delegados Presidenciales y Seremis, mientras que el resto del Personal de Confianza Presidencial en 1%, de acuerdo a lo establecido por la Constitución Política de la República.

Una nueva forma de determinar las remuneraciones de las autoridades.

Hay que recordar que la ley N°21.233, de 28 de mayo de 2020, reformó la Constitución con el fin de modificar la forma como se determinan las remuneraciones del mandatario, Ministros de Estado, Diputados, Senadores y otras altas autoridades.

Hasta ahora, las dietas parlamentarias eran equivalentes a la remuneración de un Ministro de Estado y las del resto de las autoridades sometidas al nuevo sistema se fijaban por ley.

Así, sus remuneraciones serán fijadas por una Comisión, de cinco miembros, designados por el mandatario, con el acuerdo de los dos tercios de los senadores en ejercicio, quienes deberán reunir las calidades de: ex Ministro de Hacienda, ex Consejero del Banco Central, ex Contralor o Subcontralor, ex Presidente de alguna de las cámaras del  Congreso Nacional y  ex Director Nacional del Servicio Civil.

La Comisión se constituirá una vez aprobada la ley orgánica constitucional encargada de regularla y cumplirá su labor cada 4 años, al menos 18 meses antes del término de un período presidencial.

Reducción transitoria de remuneraciones. 

La misma reforma encomendó al Consejo de Alta Dirección Pública la rebaja de las remuneraciones de Diputados, Senadores y Ministros, dentro del plazo de 30 días contados desde su publicación, y de las demás autoridades a la que se aplica la norma en un plazo de 90 días contados desde el mismo hito.

Esta rebaja es transitoria, se efectúa por una única vez y regirá hasta que la Comisión a cargo de fijar las remuneraciones permanentes cumpla por primera vez su labor.

Para cumplir su tarea, el Consejo ADP celebró diecisiete (17) sesiones, destinando diez (10) de ellas a conocer las opiniones de expertos, académicos, ex Consejeros, representantes de organismos internacionales y ciudadanos. Además, reunió antecedentes y efectuó análisis técnicos para sustentar su decisión. 

Para definir la rebaja, el Consejo debía considerar la Escala Única de Sueldos de la Administración del Estado; la realidad económica del país y el análisis de política comparada. Además, incorporó los dos criterios que deberá tener en cuenta la Comisión permanente: que la remuneración fijada garantice una retribución adecuada a la responsabilidad del cargo y la independencia para cumplir sus funciones y atribuciones.

Ministros y parlamentarios ganarán en forma transitoria un 25% menos. 

La ley establece que la rebaja debe efectuarse respecto a la última remuneración percibida por las autoridades, la que, en el caso de parlamentarios y ministros, era de $9.349.853. Tras efectuarse la reducción del 25% fijada por el Consejo ADP (cuatro votos a uno), este monto pasa a ser de $7.012.390, similar al valor nominal que ministros y parlamentarios recibían en el año 2010.

Con la rebaja, la relación entre la dieta parlamentaria y la remuneración de ministros de Estado se modificó: disminuyendo su distancia con el sueldo mínimo, de 29 a 22 veces y con el promedio de las remuneraciones de los ocupados, de 16 a 12 veces.

Desde la perspectiva de la comparación internacional, las dietas brutas de los parlamentarios chilenos pasaron de ocupar el actual segundo lugar de la OCDE, con US$13.638 mensuales -tras Estados Unidos-, al séptimo lugar, con US$10.229, por debajo de Israel. A paridad de poder adquisitivo, pasó del primer al tercer lugar, con US$ PPA 17.516. En Latinoamérica ahora es Colombia quien tendrá a los parlamentarios mejor remunerados.

La nueva remuneración de los Ministros de Estado quedó por debajo del promedio de los países de la OCDE -US$10.229 en Chile vs el nuevo promedio de US$12.966 en la OCDE- y a US$ PPA pasó del segundo lugar, después de Suiza, al noveno lugar, por debajo de Austria.

Es importante tener en cuenta que las asignaciones parlamentarias no son parte de la remuneración y no fueron encargadas al Consejo ADP por la reforma constitucional, por lo que no fueron alteradas por la decisión de este organismo.    

Se debe considerar que la reforma constitucional mantuvo la igualdad entre la remuneración de parlamentarios y ministros, por lo que el Consejo ADP no pudo establecer una rebaja diferenciada para ambas autoridades.

A partir del análisis desarrollado y la evidencia acumulada, el Consejo ADP considera que la rebaja de los ministros de Estado debía ser menor que la de los parlamentarios. Al analizar la experiencia internacional, de los 37 países analizados, en 26 de ellos los ministros ganan más que los parlamentarios y, en los países de la OCDE, su remuneración es un 41% superior en promedio que las dietas parlamentarias. A esto se suma la responsabilidad personal y política que establece la ley en el ejercicio del cargo, la dedicación exclusiva de sus funciones y la volatilidad del cargo.

Rebajas a las remuneraciones de otras autoridades.

El Consejo ADP rebajó en un 10% las remuneraciones del Presidente de la República; Subsecretarios; Intendentes y Gobernadores Provinciales; los Gobernadores Regionales; Delegados Presidenciales Regionales y Provinciales cuando asuman en sus cargos, y Secretarios Regionales Ministeriales y la remuneración de los funcionarios de exclusiva confianza del Presidente de la República fue de un 1%.

Se tuvo a la vista que, respecto de los cargos políticos –Presidente de la República y Subsecretarios, entre otros-, contaba ya con antecedentes suficientes para adoptar una decisión. En cambio, respecto de los cargos denominados de “exclusiva confianza” presidencial, consideró que se trata de cargos fundamentalmente técnicos de gerencia publica, pero muy diversos en su naturaleza, regulaciones, roles, responsabilidades y contextos de desempeño, respecto de los cuales el Estado compite en atracción y retención con el sector privado, bajo criterios de mercado.

La rebaja de 10% a las autoridades políticas consideró que las mismas tienen responsabilidades considerables; que son cargos esenciales para el funcionamiento de instituciones complejas; que no cuentan con referencias comparativas en el sector privado; que sus actuales remuneraciones no difieren especialmente de lo que se paga en otros lugares del mundo a quienes cumplen las mismas funciones, y a que no se debía afectar la independencia de los ocupantes de dichos cargos.

En el caso de las autoridades de “exclusiva confianza” o de gerencia pública, la rebaja fue del 1% debido a que se trata de cargos en que el Estado compite con dificultad con el sector privado en atracción y retención de talento, y que se trata de cargos con un alto componente técnico profesional.

Es importante precisar que no se encuentran sujetos a rebaja las remuneraciones de los Altos Directivos Públicos –nombrados por el Sistema de ADP– pues éstos no son cargos de exclusiva confianza, ya que para serlo se precisa por ley que tanto su nombramiento como su remoción puedan ser ejercidos libremente por la autoridad. En el caso de los ADP, en cambio, su nombramiento no es discrecional, sino que requiere que sean parte de una nómina, a la que se accede por mérito acreditado en concurso público, cuestiones refrendadas por la Contraloría General de la República y el Tribunal Constitucional.

Tabla 1: Listado de autoridades contempladas en la reforma y el porcentaje de la rebaja transitoria a la que se verán afectas.

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