Penas entre 350 y 400 días de cárcel deberán cumplir Nicolás San Martín Moraga, Diego Acuña Flores y Gustavo Díaz Valenzuela, efectivos de Carabineros, por los delitos de obstrucción a la justicia y falsificación de instrumento público.
De acuerdo a lo determinado por el Tribunal, las condenas impuestas serán materializadas mediante la pena sustitutiva de Remisión Condicional.
Los hechos por los cuales se les condenó se produjeron en septiembre de 20018, cuando los efectivos policiales que vestían de civil y no se desplazaban en un vehículo institucional, interceptaron el automóvil en el que se movilizaban las víctimas, y les apuntaron con armas de fuego para forzar su detención. Las víctimas, al creer que serían asaltadas, retrocedieron del lugar y huyeron. Tras ello, se produjo una persecución que terminó con una de las víctimas herida a bala.
De acuerdo a la investigación y pruebas presentadas por el fiscal jefe Álvaro Pérez, de la fiscalía local de Ñuñoa/Providencia, los carabineros falsearon el parte policial indicando que las víctimas habían participado de un intento de robo a una pareja.
En dicho documento policial, también señalaron que en el automóvil de las víctimas se encontraban armas cortopunzantes, lo que también resultó ser falso. De acuerdo a lo señalado por el fiscal Pérez, los carabineros habrían actuado de esa forma para justificar los disparos realizados en la persecución.
Producto de esto, y en una primera instancia, las víctimas estuvieron privadas de libertad, pero gracias a la información recabada en la investigación se comprobó rápidamente que los hechos informados por carabineros eran falsos.