jueves, diciembre 19, 2024

Sigue la defensa corporativa a ministra Cubillos: Ahora la UDD cuestiona la acusación constitucional como instrumento parlamentario

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La acusación constitucional contra la ministra de Educación, Marcela Cubillos, sigue su trámite en el Congreso, mientras que afuera continúa su defensa corporativa tanto a nivel ministerial, parlamentario y partidista. Ahora, le tocó el turno a la Universidad del Desarrollo, centro académico ligado a la derecha, puesto que dos académicos del Centro de Justicia Constitucional cuestionaron el uso de este instrumento y pidieron a los legisladores poner término a “este perverso precedente político”.

Los profesores Sergio Verdugo y Julio Alvear Téllez hacen, a través de una carta publicada en El Mercurio, una apología a la ministra Cubillos y exponen sus puntos de vistas para poner fin a la acusación constitucional que es propia del Congreso.

Iniciando su misiva, los académicos señalan que esta prerrogativa parlamentaria ha sido “un instrumento problemático durante nuestra historia”.

Explican que durante los años, se ha intentado diseñar reglas para “impedir el abuso de esta herramienta, exigiendo la concurrencia de causales específicas -delitos y otros ilícitos- que hay que acreditar para proceder a una destitución”.

Estas causales permiten distinguir la acusación constitucional del simple juicio político, tan característico de los sistemas parlamentarios. En estos, el jefe de Gobierno y su gabinete ejercen sus funciones mientras cuenten con la confianza del Parlamento. Si esto no ocurre, deben dejar el cargo, o como alternativa, se disuelve el Congreso y se convoca a nuevas elecciones”, señalan.

Y exponen que “en el régimen presidencial chileno, en cambio, el Presidente ejerce sus funciones porque ha sido elegido directamente por los ciudadanos; es a ellos a los que se debe primariamente. Los ministros forman parte del Gobierno porque han sido designados por el jefe de Estado y se mantienen porque cuentan con su exclusiva confianza”.

En ese contexto, los constitucionalistas mencionan que lo anterior significa “desde el ángulo político, que en un régimen como el nuestro, los gobiernos son elegidos para implementar su programa, y el Presidente de la República designa a los ministros para promover e implementar su agenda pública. Los ministros pueden promover reformas, y los parlamentarios aprobarlas u oponerse a ellas, según los casos”.

Asimismo, indican que el “Congreso tiene una serie de herramientas, desde el debate político libre y transparente hasta su esencial intervención legislativa, desde la fiscalización de los actos de Gobierno (tratándose de la Cámara de Diputados) hasta los requerimientos de inconstitucionalidad, según lo ameriten los casos. Puede, asimismo, acudir a diversos órganos, desde la Contraloría hasta el Consejo para la Transparencia, como en el actual caso de la ministra Marcela Cubillos”.

Sin embargo, señalan que hay algo que el Parlamento no debe hacer, como “ejercer la acusación constitucional para destituir a un ministro porque un grupo de diputados discuerda de su gestión política, o porque considera, casi como en un régimen parlamentario, que no cuenta con la confianza. Esto es un abuso de la acusación constitucional: ella no fue creada para tal fin”.

A lo largo de nuestra historia constitucional, la acusación se ha utilizado en diversas ocasiones —sería muy oneroso referirlas aquí— en este sentido. Las causales de destitución (excepcionales, para casos graves y de evidente ilicitud) pasan a interpretarse de manera amplia y genérica, como soporte exterior y cosmético de un desacuerdo político a la gestión de un ministro de Estado. Tras ese desacuerdo, late el objetivo real: la desestabilización de un gobierno o la caída de un ministerio. Las discordancias naturales entre ambos extremos —gobierno y oposición— ya no se saldan en el Congreso, ni a través de las instituciones republicanas normales, sino a través de la acusación constitucional, en un ejercicio paradigmático de desviación de fines”, plantean.

Además, los profesores de la UDD explican que “así sucedió con los dos últimos ministros que fueron destituidos: Harald Beyer (2013) y Yasna Provoste (2008), actual senadora. La defensa de la exministra Provoste, don Luis Bates (que a su vez también fue “acusado” el año 2004, cuando era ministro del expresidente Ricardo Lagos), indicó entonces que la acusación constitucional, tal como estaba siendo utilizada, erosionaba “el corazón mismo del sistema presidencial de Gobierno (…), lo que se está cuestionando en esta acusación constitucional es la gestión, el desempeño (…)”. “Se está atacando indirectamente la responsabilidad política de la ministra, lo cual (…) es propio de un sistema parlamentario de Gobierno”. “Entendida la inejecución de la ley, que es la causal que se toma, en un sentido extensivo, amplio (…), el Congreso Nacional podría juzgar en el futuro cada una de las omisiones del Gobierno. Y como bien sabemos, eso es propio de un sistema parlamentario. Y terminaría imponiendo el día de mañana los estándares de gestión de los ministros de Estado””.

Con lo anterior, sostienen que lo mismo está ocurriendo con la acusación constitucional en contra de la titular del Mineduc, pero teniendo consecuencias  suplementarias “los promotores de la acusación cierran las puertas a dialogar sobre la mejor agenda de educación para el país, reducen considerablemente la deliberación política y erosionan, de paso, el sistema presidencial”.

Finalmente, hacen un llamado a los parlamentarios a que “tienen una oportunidad histórica para poner término a este perverso precedente político”.

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