lunes, diciembre 23, 2024

Fenece Admisión Justa: Cámara rechaza idea de legislar y da duro batatazo a la ministra Cubillos

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Luego de un intenso debate que reflejó la contraposición de posturas, la sala de la Cámara de Diputados rechazó por 69 votos a favor y 79 en contra, la idea de legislar sobre el proyecto del Gobierno que buscaba establecer un sistema de selección por mérito con inclusión en los establecimientos educacionales de alta exigencia académica y de especialización temprana, conocido como Admisión Justa, dando un fuerte golpe a la ministra de Educación, Marcela Cubillos, quien fue la impulsora de esta iniciativa.

La propuesta se encontraba en primer trámite en la Cámara y se presentó con informe negativo de la Comisión de Educación que rindió ante el hemiciclo el diputado Juan Santana (PS).

La iniciativa, ingresada a trámite por el Gobierno el 20 de marzo pasado, pretendía establecer un sistema de selección por mérito con inclusión en los establecimientos educacionales de alta exigencia académica y de especialización temprana y entre otros puntos buscaba que el rendimiento escolar y las calificaciones sigan siendo consideradas para elegir a algunos alumnos.

Para lo anterior, el proyecto modificaba el cuerpo legal relacionado con la subvención del Estado a establecimientos educacionales, sobre el procedimiento de admisión para los establecimientos de alta exigencia académica y especialización temprana. En ese marco se reemplazaba una norma para permitir que los establecimientos puedan utilizar mecanismos propios de admisión para el 100% de sus estudiantes, cumpliendo requisitos específicos.

Asimismo, permitía que aplicaran procesos de admisión propios, siempre que cuenten con un proyecto educativo que desarrolle aptitudes que requieran una especialización temprana y admitan al menos a un 30% de alumnos prioritarios y a un 20% de alumnos preferentes.

Se planteaba, asimismo, que el Ministerio de Educación resolviera las solicitudes para aplicar estos procedimientos especiales de admisión, verificando el cumplimiento de los requisitos.

En segundo lugar, la propuesta, discutida con la participación de la titular del Mineduc, modificaba la Ley de Inclusión Escolar, eliminando el régimen transitorio de selección en los establecimientos de alta exigencia académica.

Por último, por medio de artículos transitorios, permitía que aquellos establecimientos que iniciaron la disminución gradual de sus procesos de admisión puedan culminar con ese proceso; y disponía que la ley entrará en vigencia al momento de su publicación, con excepción del plazo para presentar la solicitud para realizar mecanismos propios de admisión, el cual comenzaría a regir para el proceso de admisión del año siguiente al de la publicación de esta ley.

Cabe mencionar que la Constitución establece que si un proyecto es desechado en general en la cámara de su origen «no podrá renovarse sino después de un año«.

Sin embargo, determina también que el Presidente de la República, en caso de un proyecto de su iniciativa, podrá solicitar que la propuesta pase a la otra cámara (en este caso sería al Senado) y, si esta lo aprueba en general por los dos tercios de sus miembros presentes, volverá a la de su origen y solo se considerará desechado si esta corporación lo rechaza con el voto de los dos tercios de sus miembros presentes.

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