lunes, diciembre 23, 2024

Carlos Peña barre el suelo con el convenio entre la Conferencia Episcopal y el Ministerio Público

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Una fuerte crítica al convenio firmado entre la Conferencia Episcopal y el Ministerio Público realiza este domingo el rector de la Universidad Diego Portales, Carlos Peña, afirmando que si la Iglesia buscaba con este acuerdo mejorar su imagen, el efecto fue completamente el contrario.

En su habitual columna en El Mercurio, el académico expone que a primera vista la firma del mencionado convenio es correcta, ya que “si es fiel a lo que se acaba de firmar, la Iglesia irá más allá de sus obligaciones legales. La ley no prevé para los clérigos, en tanto tales, la obligación de denunciar los delitos de los que tengan noticia. La utilidad del convenio radicaría, entonces, en que la Iglesia se compromete a que sus miembros, bajo ciertas condiciones, lo hagan”.

En ese sentido, precisa que “no hay duda, entonces, de que mediante este convenio la Iglesia, a través de la Conferencia Episcopal, asume compromisos superiores a aquellos a los que la obliga la ley”.

Sin embargo, se pregunta entonces si existe un reproche a este convenio o solo existe el “aplauso”, a lo que su respuesta es “NO”.

Al respecto, explica que “desde luego, para asumir esa nueva conducta enfrente de la comisión de delitos, la Conferencia Episcopal no necesitaba de convenio alguno. Como las obligaciones a que se compromete no son exigibles coactivamente ni antes ni después del convenio —puesto que lo que va más allá de la ley es voluntario—, bastaba que la Conferencia Episcopal hubiera comunicado a la opinión pública esa nueva actitud suya. Cualquiera puede comprometerse, por ejemplo ante su conciencia y ante sus vecinos, a deberes que van más allá de la ley; pero para que eso sea eficaz no se requiere, en modo alguno, la celebración de un convenio o un contrato. ¿Por qué, en cambio, podría requerirlo la Iglesia?”.

Peña sostiene que “se suma a lo anterior el hecho de que si para la Iglesia la celebración de un convenio semejante no era necesario, para el Ministerio Público no parece admisible. El ámbito de acción y los deberes de una entidad estatal están señalados en la ley, no puede hacer ni más ni menos que lo que la ley prevé, de manera que la celebración de un convenio relativo a su quehacer o es indiferente al derecho vigente o lo contraviene. Una entidad como el Ministerio Público no puede contratar sus deberes para con un tercero, ¿por qué entonces celebró el convenio?”.

En la misma línea, menciona que “la situación es aún más incomprensible si se tiene en cuenta que la Iglesia —o más precisamente, sus miembros o, mejor todavía, los integrantes de la Conferencia Episcopal— es o puede perfectamente ser objeto de investigación actual por parte del Ministerio Público. La situación es análoga a que el Ministerio Público celebre un convenio con la Asociación de Bancos mientras lleva adelante una investigación porque algunos de sus miembros cometieron fraude a la ley de valores. Si lo que se quiso al celebrar el convenio fue mejorar la imagen de la Iglesia —o acreditar su voluntad de colaborar con la justicia—, este convenio logra en la opinión pública el efecto contrario. Y si el Ministerio Público persiguió mejorar la suya —maltrecha luego de las rencillas entre sus miembros—, el resultado es aún peor”.

A pesar de su explicación, Peña señala que existe otra razón para sostener que no debió firmarse “y es que la índole de la Iglesia no se aviene con el papel casi policíaco o de soplona que se autoasigna mediante este acuerdo”.

La experiencia religiosa que alienta la existencia de muchas personas supone, para un católico, una relación privilegiada con la Iglesia a través de alguno de sus miembros. Cada uno de ellos (por supuesto, cuando es fiel a la función que posee) es un depósito de confianza para los fieles que saben, cuando se comunican con ellos, que sus ojos y oídos son discretos, que ellos no juzgan sino que, por decirlo así, median en la relación que el creyente guarda con Dios. Siendo así (y para un creyente es así), ¿por qué los miembros de la Iglesia van a abandonar esa condición suya que despierta la confianza para asumir, en cambio, funciones casi de vigilancia, de auxilio del Ministerio Público, funciones que los ciudadanos comunes y corrientes no se demandarían recíprocamente? Si las personas comunes y corrientes, aquellas que no son fuente especial de confianza, no están obligadas a la indiscreción, si usted que lee estas líneas no lo está, ¿por qué habrían de estarlo los clérigos, cuya tarea supone la discreción?”, añade.

Finalmente, el rector de la UDP afirma que “si la Iglesia fuera un colectivo de autoayuda, de orientación para la vida cotidiana, un servicio de consejería ciudadana, algo parecido a Alcohólicos Anónimos, una asociación de personas que se han propuesto un código común de conducta, una brigada cívica o una asociación de defensa vecinal, un convenio de colaboración con el Ministerio Público por el que sus miembros se transforman en los ojos y oídos de los fiscales, estaría muy bien; pero hasta donde se sabía, la dignidad y el papel de la Iglesia no eran exactamente ese. ¿O es que acaso los delitos y abusos de algunos de sus miembros han convencido a los clérigos honrados de que convertirse casi en auxiliares policíacos es la única forma de ganarse el respeto de los ciudadanos? Si creen eso, alguien debe decirles que el precio que están pagando es demasiado alto”.

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