domingo, diciembre 22, 2024

Presidenta del CDE critica duramente salida en caso Penta y afirma que hubo una “interpretación torcida de la ley”

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La presidenta del Consejo de Defensa del Estado (CDE), María Eugenia Manaud, realiza una dura crítica al acuerdo de salida alternativa que llegó el fiscal Manuel Guerra con los tres involucrados en el caso Penta, afirmando que en este proceso hubo una “interpretación torcida de la ley”.

Así lo consigna Manaud en una entrevista a El Mercurio donde explica que el cambio de reformulación y excluir delitos, como lo hizo Guerra, es algo inédito porque “es habitual que el fiscal pueda modificar su formalización, pero para ampliar, para precisar hechos que pueden ir surgiendo en la investigación”.

No he conocido ningún caso en el que se haya hecho una reformulación en términos de excluir absolutamente hechos que configuran determinados tipos de delitos que son el objeto del ejercicio de la acción de los querellantes particulares. Acá el CDE se elimina del procedimiento penal por esta vía”, explica.

En cuanto a que la sentencia del caso Penta podría influir en otros procesos penales por financiamiento irregular de la política, la titular del CDE espera que no sea así, ya que a su juicio en el procedimiento donde estaban involucrados Carlos Délano y Carlos Lavín, como también el ex subsecretario de Minería del primer gobierno de Sebastián Piñera, Pablo Wagner, hubo una mala interpretación de la ley.

A mi juicio, aquí hay una interpretación torcida de la ley y, por lo tanto, no debiera volver a ocurrir. El caso no está cerrado aún. Hay una investigación en curso que afecta a la empresa Penta por la responsabilidad de la persona jurídica en relación con un delito de soborno a un funcionario del SII. En esta arista nos vamos a mantener activos y esperaremos que se dicte la acusación”, precisó.

Y explica en ese sentido que “hay un artículo del Código de Procedimiento Penal que permite la participación del querellante e incluso hacer su acusación particular distinta a la del Ministerio Público calificando y pidiendo una pena diferente, sobre la base de hechos contenidos en la formalización. No está previsto en el código hacer una reformulación en los términos que se hizo -con supresión de hechos y delitos- y que el querellante quede excluido. Es una interpretación torcida de la ley, porque no es una interpretación coherente de todas las normativas que regulan la intervención del querellante”.

Con respecto a la postura del fiscal Guerra de que no habrían datos suficientemente sólidos para mantener el cohecho y el soborno en el caso, Manaud señala que “él se refiere a las pruebas. Esa es la única razón que ha dado, y a mi juicio, es una explicación absolutamente insatisfactoria, porque antes, con los mismos antecedentes, acusó”.

Además, discrepa con la postura del persecutor, ya que afirma que “en este caso no faltaban pruebas, se podía acreditar el delito. Estaban los correos electrónicos y algunos testimonios”.

En cuanto al cohecho, la titular del CDE explica que habitualmente son difíciles de probar, por lo que es necesario cambiar las penas por este delito porque son “muy bajas”.

En cuanto a recurrir a la Corte de Apelaciones con el recurso de queja, expone que “nos pareció que esta situación es demasiado excepcional y se está logrando un efecto no deseado de la ley aplicable. El legislador nunca pensó que esta era una manera de excluir a los querellantes; por el contrario, hay normas que aseguran los derechos de los querellantes. Esta interpretación que se ha hecho, y que lleva implícito este resultado, no puede simplemente aceptarse. Es necesario una revisión jurisdiccional superior”.

En cuanto al caso SQM, Manaud estima que “sí, existen” los antecedentes suficientes para acreditar el cohecho y el soborno.

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