La Contraloría entró de lleno al debate por el oficio del Servicio de Impuestos Internos (SII) durante el gobierno de Michelle Bachelet, el cual impedía querellarse en casos de platas políticas, declarando ilegal el documento porque no puede a través de órdenes administrativas evitar la acción penal.
Hay que recordar que en el gobierno de Bachelet, el subdirector jurídico del SII, Bernardo Lara, envió un oficio reservado a los directores regionales del servicio y al de Grandes Contribuyentes, en el cual se indicaba que “la persecución administrativa, que prescribe en tres años, será la base a considerar para enviar o no los antecedentes de una causa tributaria al director, quien tiene la atribución para querellarse”.
Además, el documento señalaba que “pese a que la vía penal tiene un plazo de entre 5 y 10 años de prescripción. Es decir, si la investigación administrativa está prescrita, no solo no se multará, sino también dicha recopilación de datos no será enviada al director para ejercer la acción”.
La medida del SII de aquel entonces provocó un fuerte cuestionamiento, ya que se leía como una forma de lograr la impunidad de grandes empresas que podrían estar implicadas en aportes ilegales a la política y que no fueron tocadas como es el caso de Ripley, Endesa y Alsacia.
El dictamen de la Contraloría señala que “en primer término, se señala que esa entidad habría incurrido en una omisión de sus deberes al haber interpuesto extemporáneamente las querellas que se indican, lo que habría determinado el sobreseimiento definitivo de las respectivas acciones penales por prescripción”.
“Asimismo, se alude a rectificaciones de declaraciones de impuestos efectuadas por dos empresas -en el marco del llamado que el propio Servicio de Impuestos Internos realizara a los contribuyentes que pudieran presentar brechas de cumplimiento tributario, para regularizar su situación-, manifestando que la referida repartición no ha ejercido la acción penal a su respecto”, precisa el documento.
El documento también menciona que “se hace presente que en diversas querellas que ese Servicio dedujo en el denominado caso Publicam -ocurrido el año 2006-, habría actuado bajo criterios diversos de aquellos que rigen actualmente su accionar (tales como la interposición de querellas contra todos los que resulten responsables, o existiendo un bajo perjuicio fiscal)”.
Respecto a la interposición extemporánea de querellas, la Contraloría recordó lo señalado en el dictamen N° 14.000 de 2017, “en orden a que procede que la aludida entidad adopte todas las medidas que resulten conducentes para ajustar sus actuaciones a los principios de juridicidad, imparcialidad y oportunidad, que la rigen en cuanto organismo de la Administración del Estado, en los términos detallados en dicho pronunciamiento”.
La decisión de la Contraloría podría provocar un remezón en algunos casos relacionados con platas políticas, debido a que se podrían reabrir causas que aún están en el rango establecido de 5 y 10 años de prescripción.