Bajo el nombre de «Bases para un acuerdo en el proyecto de Ley sobre Identidad de Género ante la Comisión Mixta del Congreso Nacional», el ministro de Justicia, Hernán Larraín, presentó los lineamientos del gobierno en torno al proyecto que permitiría que las personas de modificar su sexo registral.
En el documento –al que tuvo acceso Infogate– se enfatiza que el Ejecutivo suscribe a la necesidad de dar un reconocimiento y protección legal a quienes quieran optar a este cambio. Además de sentenciar que actúan bajo la convicción que el reconocimiento y la protección de la identidad de género no es un problema de naturaleza político partidista, ideológico o de izquierda o de derecha, sino que constituye la respuesta a una realidad humana.
En adultos, sostiene el documento, es necesario establecer una ley que les permita requerir a un Oficial de Registro Civil la notificación de su partida de nacimiento en lo que dice relación con su sexo biológico y su nombre. Para proceder se le exigirá a un adulto que acredite que su decisión es libre y voluntaria, y que está plenamente consciente de las consecuencias jurídicas de su determinación.
En caso de menores de edad, el texto señala que los menores de 14 años no podrán modificar de manera legal su sexo registral. Sin embargo, los mayores de 14 y menores de 18, donde exista la voluntad del adolescente y la autorización de los padres, podrán solicitar al Tribunal de Familia que disponga el cambio registral cuando se presente la situación en análisis. Todo debiendo adjuntar documentación médica, psicológica, social entre otros.
Además, esta decisión puede ser modificada una vez que el adolescente cumpla la mayoría de edad.