Sin duda es una mala noticia para terminar con el financiamiento irregular de la política una manera elegante de decir corrupción, ya que La Corte de Apelaciones de Santiago no dio lugar –miércoles 14 de febrero– al recurso deducido por el Consejo de Defensa del Estado, y confirmó la resolución que aprobó la salida alternativa de suspensión condicional del procedimiento acordada por el Ministerio Público y SQM S.A. y las filiales SQM Salar S.A. y SQM Nitratos S.A, empresas imputadas como personas jurídicas por el delito reiterado y consumado de cohecho. Ilícito perpetrado en el domicilio de la sociedad minera, entre enero de 2010 y el 22 de diciembre de 2011.
En fallo unánime (causa rol 734-2018), la Séptima Sala del tribunal de alzada capitalino –integrada por los ministros Javier Moya Cuadra, Jaime Balmaceda Errázuriz y Maritza Villadangos Frankovich– confirmó la resolución dictada por el magistrado Luis Avilés, del Octavo Juzgado de Garantía, el 26 de enero recién pasado.
Decisión adoptada con la prevención del ministro Moya, quien confirmó la resolución impugnada, agregando que «es el fiscal quien representa el interés público o de la sociedad, criterio que debe predominar en todo caso como fenómeno esencial de la salida alternativa, más aún cuando la parte querellante sólo expone un interés diverso que no es prevalente, sustantivo y específico en relación al interés del Ministerio Público».
«Lo aprobado por el Juez de garantía permite reseñar la esencia consecuencial de consagrar la salida alternativa como modo de diversificar las resultas de una investigación. El Fiscal en todo momento actúa en dicho sentido», agrega.
Montos
El fallo de primera instancia confirmado ordenó pagar a la empresa minera no metálica y a sus filiales, la suma única a beneficio fiscal de $900.000.000 (novecientos millones de pesos), dentro del plazo de 60 días una vez ejecutoriada dicha resolución, ante la Tesorería de General de la República.
Además, SQM y sus filiales deberán donar la suma única de $1.650.000.000 (mil seiscientos cincuenta millones de pesos). Monto que deberán dividido en: $650.000.000 (seiscientos cincuenta millones de pesos) a la Fundación Debra Chile; $550.000.000 (quinientos cincuenta millones de pesos) al Hospital Sanatorio Marítimo San Juan de Dios de Viña del Mar; $250.000.000 (doscientos cincuenta millones de esos) al Pequeño Cottolengo de Cerrillos, y $200.000.000 (doscientos millones de pesos) a la Escuela Toki de Isla de Pascua.
Asimismo, se estableció que las sociedades deberán entregar al Ministerio Público dentro del plazo de cuatro meses, una vez ejecutoriada la resolución, un informe que contenga un modelo de prevención del delito, programa de capacitación interna, con referencia a la legislación canadiense, americana y alemana, debidamente certificada con informe en derecho de dos profesores universitarios que tengan un doctorado en derecho penal.