sábado, noviembre 23, 2024

El derecho a portar armas

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La noche del jueves 24 de noviembre pasado en la comuna de Batuco, una mujer de 62 años y de nacionalidad estadounidense, mató a dos delincuentes haciendo uso de armas de fuego debidamente inscritas. Este hecho generó en nuestro país, un debate acerca de la posibilidad de portar armas, como un derecho consagrado para los ciudadanos, tal como existe en Estados Unidos.

La razón de ser de este derecho tiene un fundamento histórico en ese país, su origen viene de Inglaterra, durante el reinado de Enrique II, quien, en una especie de servicio militar, ordenó que todos los súbditos portasen armas con el fin de proteger a la corona. La Declaración de Derechos del año 1689 lo consagró para la defensa personal exportándose a sus colonias, entre esas, las americanas. Con el tiempo, Inglaterra abolió dicho derecho, pero, dio la libertad a las autoridades locales para regularizar el tema de la manera más conveniente.

Estados Unidos con su independencia, sancionó el derecho a portar armas en su Segunda Enmienda, teniendo en consideración, que, ante la inexistencia de un ejército propio en cada colonia, la existencia de milicias formadas por ciudadanos armados, contribuiría a ejercer un equilibrio, y asegurar la defensa de las libertades en caso que el Estado Federal se extralimite o ante una eventual invasión inglesa, lo que ocurrió en 1813.

Desde hace tiempo en Estados Unidos existe un ácido debate, entre quienes defienden este derecho y quienes se oponen, pero lo que es un hecho incuestionable, son las masacres ocurridas en dicho país, que ya suman decenas en los últimos 20 años, y que cuenta entre las más impactantes, la ocurrida en Connecticut el 2012, cuando 27 personas, entre ellas 20 niños, murieron acribillados en un colegio.

Otro hecho innegable, es que uno de los grandes beneficiados es la Asociación Nacional del Rifle (NRA), que como lobista se ha convertido en la organización que más dinero inyecta en campañas políticas y, por lo tanto, con mucha influencia en la política norteamericana.

En Chile la posesión de armas está consagrada restrictivamente por la Ley 17.798 de Control de Armas, que señala que podrán poseerla quienes nunca se hayan visto envuelto en actividades delictivas, posean facultades mentales adecuadas, tengan un domicilio conocido, y que las registren en la Dirección General de Movilización Nacional. Nuestro país, está entre quienes poseen una de las tasas más baja de posesión de armas: 758 mil armas inscritas entre 16,6 millones de habitantes y con una de las tasas más bajas de homicidios, a nivel de América Latina. De hecho, no son heridas o asesinadas cien mil personas al año con armas de fuego, como en Estados Unidos.

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