viernes, abril 19, 2024

Reforma al Código de Aguas: Acceso al agua potable un derecho humano esencial

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La Comisión de Agricultura de la Cámara aprobó este martes el proyecto de ley, que reforma el Código de Aguas definiendo el acceso al agua potable y saneamiento como un derecho humano esencial e irrenunciable que debe ser garantizado por el Estado.

La iniciativa, también aprobada previamente por la Comisión de Recursos Hídricos, establece que siempre prevalecerá el uso del agua para el consumo humano, el uso doméstico de subsistencia y el saneamiento, tanto en el otorgamiento, como en la limitación al ejercicio de los derechos de aprovechamiento.

Durante el presente trámite, la comisión se abocó a reforzar el documento, haciendo técnicos algunos conceptos relacionados, por ejemplo, con la norma que señala que la Dirección General de Aguas (DGA) podrá establecer un Caudal Ecológico Mínimo, respecto de los derechos de aguas existentes, que corresponde a una indicación parlamentaria.

Lo anterior, enfocado en aquellas áreas en que el Ministerio del Medio Ambiente informe que existe un ecosistema amenazado, degradado o un sitio prioritario en razón de que las sustentabilidad ambiental de la fuente superficial pudiere sufrir grave deterioro o esté siendo afectada. No obstante, las facultades de dicho Ministerio, el informe podrá ser solicitado de oficio por la DGA.

Asimismo, el texto indica que se podrá establecer este Caudal Ecológico Mínimo, respecto de aquellos derechos existentes en las áreas declaradas bajo protección oficial de la biodiversidad, como los parques nacionales, Reserva Nacional, Reserva de Regiones Vírgenes, Monumento Natural, Santuario de la Naturaleza, los humedales de importancia internacional. La Dirección General de Aguas podrá adoptar de oficio las medidas provisionales que estime oportunas.

Al mismo tiempo, la Comisión realizó indicaciones que aluden a los pequeños agricultores, señalando que ellos no aportarán en el Caudal Ecológico, dadas las complicaciones desde el punto de vista de la cantidad de terreno y agua, lo que significaría una disminución importante en términos productivos.

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A esto, se agrega la posibilidad de que el Instituto de Desarrollo Agropecuario (Indap), a través de los distintos instrumentos, pueda formalizar todo lo que tiene que ver con los derechos de agua, con el fin de que parte importante de los agricultores regularicen sus derechos.

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