viernes, diciembre 27, 2024

Tras «Caso Ominami» Fiscalía analizará plazos de prescripción de otros investigados

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La resolución del juez Daniel Aravena, del Octavo Juzgado de Garantía, que este martes decretó el sobreseimiento en la causa por delitos tributarios contra el ex senador Carlos Ominami, se transformó en el primer revés judicial que sufre la fiscalía en el marco del caso SQM… la acción estaba fuera de plazo estimó la autoridad.

Ominami, formalizado el pasado miércoles 9 de marzo, por presuntos delitos tributarios, arriesgaba según la fiscalía, penas de hasta cinco años de cárcel. Sin embargo, según determinó el magistrado, los supuestos ilícitos que habría cometido hasta el 2 de febrero de 2010 para obtener presunto financiamiento irregular de su campaña por la reelección como senador, están prescritos, o sea, no se puede aplicar una sanción.

Pelayo Vial, defensor de Ominami, expuso en la  audiencia de ayer que “el plazo de los cinco años (para la prescripción) está de sobra cumplido, y es por eso que esta defensa ha solicitado la prescripción de la acción penal (…) debemos preguntarnos qué plazos hay desde el 2 de febrero hasta el 30 de octubre de 2015. Hay cinco años, ocho meses y 28 días. O si se prefiere, 2.096 días”.

Los cálculos que salvaron a Ominami

La fiscalía, obviamente, tenía una visión contraria e intentó acreditar la vigencia de la causa atendido el tiempo que Ominami estuvo fuera del país. Esto, debido a que la ley considera que “cuando el responsable se ausentare del territorio de la República sólo podrá prescribir la acción penal o la pena contando por uno cada dos días de ausencia, para el cómputo de los años”.

En esta línea, el fiscal regional de Valparaíso, Pablo Gómez, dijo que “según el informe (de la PDI) son 419 días los que el imputado se ha mantenido fuera del país (…)  Aplicando la cantidad de días que el imputado se mantuvo fuera del país, el plazo de prescripción debiese vencer el día 26 de marzo de 2016”. O sea, el sábado recién pasado.

Pero la justificación que entregó Gómez al tribunal para acreditar que la causa no estaba prescrita, no fue acogida. “La norma es bastante clara, se cuenta por uno (de prescripción) cada dos días de ausencia (…) de tal manera que los 419 días que estuvo fuera del país el imputado Ominami deben contarse tan solo como 210 días para el cómputo del plazo”, dijo el magistrado Aravena.

El juez explicó que “desde la fecha en que se cometió el último hecho que se le atribuye (a Ominami) el 1 de febrero de 2010, a la fecha en que se presentó la querella que suspendió la prescripción, el 30 de octubre de 2015, transcurrió un plazo superior a los cinco años que requiere la ley”. Aravena añadió que “desde el 1 de febrero de 2015 al 30 de octubre de 2015 transcurrieron casi nueve meses en exceso”.

Si bien los presuntos ilícitos datan de 2010, debieron pasar más de cinco años para que se abriera una investigación penal, ya que sólo el 30 de marzo de 2015 la fiscalía tuvo conocimiento de su existencia, tras tomar declaración al empresario y ex asesor de Ominami, Milton Lee. Luego de esta diligencia, los antecedentes que vinculaban al ex legislador fueron enviados al Servicio de Impuestos Internos (SII) para que iniciara las acciones legales, las cuales sólo se materializaron el 30 de octubre de ese mismo año.

Un recurso de apelación ante la Corte de Apelaciones de Santiago, es la vía por la que la fiscalía tratará de revertir la decisión del magistrado Aravena para reactivar la causa en contra del economista. 

El jefe de la Oficina de Litigación Penal del SII, Benjamín Ríos, explicó que “el sobreseimiento definitivo implica el término del proceso, sin embargo, para que quede firme es necesario que se resuelva el recurso de apelación que vamos a interponer”.

Otros casos a revisar

El Ministerio Público y el SSII iniciarán el análisis de otras personas investigadas en la causa de financiamiento irregular a la política.  Sólo en la denuncia que en abril del año pasado presentó el SII, cuatro presuntos emisores de boletas de políticos -incluído un caso ligado al ex senador UDI Pablo Longueira- se encontrarían prescritos por haber emitido facturas en 2009. Esta situación podría replicarse en otras aristas del caso.

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