El jueves 31 de diciembre la UDI informó, en su sitio web, de una decisión adoptada por el tribunal supremo de la colectividad en una sesión extraordinaria 16 días atrás: no sancionar al ex timonel de la tienda, Jovino Novoa, pese a la condena de tres años de pena remitida en el marco del caso Penta.
“En aquellos casos en que no haya existido ni se haya perseguido enriquecimiento personal y sin perjuicio de las responsabilidades legales individuales, este Tribunal Supremo entiende que no le cabe formular reproches a sus dirigentes o militantes que, para financiar la actividad política, se limitaron a actuar de esa forma que, hasta ahora, fue práctica generalizada, conocida y aceptada por todos los sectores”, indica la resolución de la instancia disciplinaria del gremialismo.
Más argumentos
En sus vistos y considerandos, en el dictamen se señala que el 5 de diciembre -es decir, tres días después que el Octavo Juzgado de Garantía dictara la sentencia en contra del ex timonel de la UDI-, Novoa puso en conocimiento del tribunal supremo los antecedentes referentes a su causa judicial.
Y como argumento, se recuerda que ya el 2 de noviembre el propio tribunal supremo había dictado un acuerdo “con el objeto de establecer criterios y distinguir entre dos categorías de hechos, como son por una parte el abuso de cargos públicos y el enriquecimiento personal en base a influencias políticas, y por otra el financiamiento que se ha utilizado habitualmente en la política en Chile”.
Una vez estallado el caso Penta y luego de que se conociera la vinculación de algunos dirigentes y parlamentarios del partido con el financiamiento irregular de campañas políticas, a inicios del 2015 se abrió un debate en el partido respecto de aplicar o no sanciones internas. Sin embargo, finalmente se impuso la tesis de cerrar filas en torno de los militantes imputados en el caso, justamente bajo el argumento de que era parte de una práctica generalizada de todos los sectores políticos y que los implicados no buscaban el enriquecimiento personal.